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RECLAMACIÓN EXPRÉS DE DEUDAS: EL PROCEDIMIENTO MONITORIO

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RECLAMACIÓN EXPRÉS DE DEUDAS: EL PROCEDIMIENTO MONITORIO

Muchas veces se renuncia a la reclamación judicial de las deudas por evitar un procedimiento que se imagina costoso y largo. Pero existe un proceso ágil, sencillo y asequible que permite la reclamación judicial de deudas de forma simplificada: el procedimiento monitorio.

Se trata de un proceso de reclamación rápido de deudas que se presenta ante el Juzgado de la localidad domicilio del deudor. Puede ser utilizado por particulares, autónomos o empresas y para poder acudir al proceso monitorio la deuda tiene que cumplir ciertos requisitos:

  • Tiene que ser de cuantía concreta, estar vencida y ser exigible.
  • Debe estar documentada en facturas, albaranes de entrega, certificaciones o cualesquiera otros documentos de los habitualmente utilizados por el acreedor. También puede acreditarse mediante documentos que aparezcan firmados o sellados por el deudor.
  • El deudor (tanto si es una persona física, una persona jurídica o sociedad mercantil) debe tener un domicilio conocido en España.

Tras la presentación de la petición inicial en el Juzgado competente indicando los datos del deudor, el origen de la deuda, su cuantía y los documentos acreditativos, el Juzgado remite un requerimiento de pago al deudor otorgándole un plazo de veinte días para pagar u oponerse al requerimiento. Si el deudor paga, se archiva sin más el proceso. En caso de que el deudor presente un escrito argumentando las razones por las que se opone al requerimiento, se tramitará el juicio correspondiente sobre la existencia o no de la deuda.

Lo interesante de este proceso es que si el deudor no contesta, ignora el requerimiento y tampoco paga la deuda en el plazo concedido, el acreedor puede solicitar al Juzgado que se inicie de inmediato el embargo de bienes del deudor para el cobro forzoso de la deuda, sin celebración de juicio alguno.

Además, el proceso monitorio también puede ser utilizado para reclamar deudas de Comunidades de Propietarios, tanto cuotas de gastos comunes como derramas extraordinarias. Si quieres saber más sobre el proceso monitorio para Comunidades de Propietarios, pulsa aquí: https://abogadaariadnasantana.es/como-reclamar-deudas-de-comunidades-de-propietarios-el-proceso-monitorio

En todo caso, siempre es recomendable contar con asesoramiento profesional para el análisis del caso concreto. Un buen asesoramiento asegura la correcta llevanza del proceso y evita futuros problemas.

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